Cómo rellenar un plan de vuelo

 

Este documento está basado en las reglas reales de cómo se rellena un plan de vuelo (las podeis ver en éste enlace) aplicadas a las normas de funcionamiento de IVAO.

Requisitos para la presentación del plan de vuelo

Se presentará un plan de vuelo antes de realizar:

  1. cualquier vuelo IFR o parte del mismo, independientemente de la clasificación del espacio aéreo en el que pretenda operar;
  2. un vuelo VFR:
    1. En espacio aéreo controlado clases B, C y D;
    2. En espacio aéreo controlado clase E y no controlado clases F y G a través de fronteras internacionales;
    3. En las zonas de tránsito de aeródromo de aeródromos controlados;
    4. Dentro de áreas designadas o a lo largo de rutas designadas, fuera de los espacios indicados en 1), 2) y 3), cuando así lo requiera la autoridad ATS competente.
    5. Cuando sea un vuelo procedente del territorio nacional y vaya a operar en espacio aéreo de jurisdicción española sobre aguas internacionales (más allá de las 12 NM de la línea de costa).
  3. cualquier vuelo VFR nocturno.

Quedan exentos de presentar un plan de vuelo los vuelos militares en misiones tácticas o de defensa aérea, los vuelos de búsqueda y salvamento en misiones de emergencia y los vuelos expresamente autorizados por la autoridad competente.

Los vuelos exceptuados de presentar un plan de vuelo se realizarán conforme a las reglas de vuelo por instrumentos, o a las reglas de vuelo visual o a las reglas de vuelo visual nocturno, según se acuerde en cada caso con las dependencias de los servicios de tránsito aéreo.

En general se recomienda la presentación del plan de vuelo para cualquier tipo de vuelo que desee que se le suministren los servicios de alerta y búsqueda y salvamento.

La fecha del vuelo se debe incluir en la casilla 18 del formulario de plan de vuelo mediante el indicador “DOF/” (fecha del vuelo).

Casilla 7: Aircraft identificacion (identificación de la aeronave)

Este campo está prerellenado con el indicativo indicado en la ventana de conexión de IVAO.

No debe de exceder de 7 caracteres. Indicativos válidos para un plan de vuelo ICAO son:

  • Las marcas de matrícula de la aeronave, sin guiones (por ejemplo EIAKO, 4XBCD, N2567GA) cuando:
    1. el distintivo de llamada radiotelefónico que empleará la aeronave consista en esta identificación solamente (por ejemplo, OOTEK), o cuando vaya precedida del designador telefónico OACI de la empresa explotadora de aeronaves (por ejemplo, SABENA OOTEK);
    2. la aeronave no esté equipada con radio (no aplicable en la red IVAO).
  • El designador OACI de la empresa explotadora de aeronaves seguido de la identificación del vuelo (por ejemplo, KLM511, NGA213, JTR25) cuando el distintivo de llamada radiotelefónico que empleará la aeronave consista en el designador telefónico OACI de la empresa explotadora de aeronaves, seguido de la identificación del vuelo (por ejemplo, KLM 511, NIGERIA 213, HERBIE 25).

NOTA 1: Las disposiciones relativas al empleo de los distintivos de llamada radiotelefónicos están contenidos en el Anexo 10, Volumen II, Capítulo 5. Los designadores OACI y los designadores telefónicos de empresas explotadoras de aeronaves están contenidos en el Doc. 8585, “Designadores de empresas explotadoras de aeronaves, de entidades oficiales y de servicios aeronáuticos”.

NOTA 2: Los aviones militares españoles, en vuelos nacionales, pondrán su matrícula militar o su indicativo radiotelefónico táctico, en un grupo de siete caracteres como máximo.

Casilla 8: Reglas de vuelo y tipo de vuelo (2 caracteres)

Reglas de vuelo (flight rules)

Insértese una de las siguientes letras para indicar la clase de reglas de vuelo que el piloto se propone observar:

Isi son IFR/OIFR.
Vsi son VFR/OVFR.
Ysi son IFR/OIFR primero(1) (para vuelos que al comenzar van a seguir reglas IFR y posteriormente van a cambiar a reglas VFR).
Zsi son VFR/OVFR primero(1) (para vuelos que al comenzar van a seguir reglas VFR y posteriormente van a cambiar a reglas IFR).

(1) En estos casos habrá que indicar en la casilla «ROUTE» el punto, o puntos, en los cuales se ha previsto hacer el cambio de reglas de vuelo.

Tipos de vuelo

Además de las reglas de vuelo debemos indicar el tipo de vuelo a realizar, para que los controladores lo tengan en cuenta en determinadas circunstancias.

Insértese una de las letras siguientes para indicar el tipo de vuelo:

Ssi es de servicio aéreo regular.
Nsi es de transporte aéreo no regular.
Gsi es de aviación general.
Msi es militar, de aduanas o policía.
Xsi corresponde a alguna otra categoría, distinta de las indicadas.

En caso de tipos de vuelo X se deberá poner en la casilla 18 OTHER INFORMATION una descripción del tipo de vuelo.

Casilla 9: Número y tipo de aeronaves y categoría de estela turbulenta

Número de aeronaves (number) (1 ó 2 caracteres)

Insértese el número de aeronaves que se ven afectadas por el plan de vuelo, pero sólo si se trata de más de una. Ésto es útil para vuelos en formación, en los que sólo el jefe de escuadrón mandaría su plan de vuelo.

Tipo de aeronave (type of aircraft) (2 a 4 caracteres)

Esta casilla nos sirve para decir el tipo de aeronave que es utilizada para llevar a cabo el plan de vuelo, se indica mediante el código OACI de la aeronave. Insértese el designador apropiado, según se especifica en el Doc. 8643 de la OACI, “Designadores de Tipo de Aeronave”. O, si tal designador no ha sido asignado, o si se trata de vuelos en formación que comprendan más de un tipo, insértese ZZZZ e indíquese en la casilla 18 el número(s) y tipo(s) de aeronaves, precedidos de TYP/.

Categoría de la estela turbulenta (wake turbulence category) (1 carácter)

Insértese una de las letras siguientes, para indicar la categoría de estela turbulenta de la aeronave:

HPESADA (Heavy), para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue (MOTW) de 136.000 kg o más.
MMEDIA (Medium), para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue (MOTW) de menos de 136.000 kg pero más de 7.000 kg.
LLIGERA (Light), para indicar un tipo de aeronave de masa máxima certificada de despegue (MOTW) de 7.000 kg o menos.

Casilla 10: Equipo (equipment)

Ahora pasamos a definir el tipo de equipamiento que posee el avión (equipo de radiocomunicaciones, de ayudas para la navegación y la aproximación). Éste se codifica con una letras (en el plan de vuelo de IVAO se pueden ver con el desplegable).

Insértese una letra como sigue:

N si no se lleva equipo COM ni equipo de ayudas para la navegación y la aproximación para la ruta considerada, o si el equipo no funciona, o
S si se lleva equipo normalizado COM y de ayudas para la navegación y la aproximación para la ruta considerada y si tal equipo funciona (1)

(1) Los equipos VHF RTF, ADF, VOR e ILS se consideran normalizados, salvo que la autoridad ATS competente prescriba alguna otra combinación. Para los vuelos CAO y/o mixtos también se considerarán normalizados los equipos VHF RTF y TACAN. No se incluirá la letra “S” en los FPL de aeronaves de estado que no estén equipadas con RNAV.

A continuación, insértese una o más de las letras siguientes para indicar el equipo COM y de ayudas para la navegación y la aproximación disponible y que funciona:

A (sin asignar)
B (sin asignar)
C LORAN C. LORAN (del inglés LOng RAnge Navigation, navegación de largo alcance) es un sistema de ayuda a la navegación electrónico que utiliza el intervalo transcurrido entre la recepción de señales de radio transmitidas desde tres o más transmisores para determinar la posición del receptor. La versión más moderna es LORAN-C que funciona en frecuencias del espectro electromagnético entre 90 y 100 Khz. El sistema LORAN es utilizado en muchos países, entre ellos los Estados Unidos de América, Japón y varios países europeos. Rusia utiliza un sistema casi idéntico llamado CHAYKA, que usa la misma banda de frecuencias. El uso de LORAN está decayendo rápidamente siendo reeplazado por GPS. Sin embargo, se está estudiando la posibilidad de mejorar y volver a popularizar el LORAN.
D DME (del inglés: Distance Measuring Equipment) es un equipo telemétrico que proporciona una medición de la distancia hasta la GS. La frecuencia está comprendida entre 978 y 1213 MHz de 200 canales, que se selecciona automáticamente al sintonizar el LLZ (Localizador). El avión interroga con una secuencia de pares de pulsos separados 12 μs. El equipo de tierra recibe esta señal y la retrasmite de nuevo con un retardo de 50 μs. El equipo del avión calcula el tiempo trascurrido desde que preguntó, le descuenta 50 μs y lo divide por dos. Este tiempo se multiplica por la velocidad de la luz (300 m/μs) dando la distancia al equipo de tierra.
E (sin asignar)
F ADF
G GNSS (Sistema global de navegación por satélite)
H HF RTF
I Navegación inercial
J Enlace de datos. Si se usa la letra J, especifíquese en la casilla 18 el equipo instalado a bordo, precedido de DAT/, seguido de una o varias letras según corresponda.
K MLS
L ILS
M Omega
O VOR
P P-RNAV. Se utilizarán la letra P y la letra R para aeronaves aprobadas P-RNAV y B-RNAV, respectivamente.
Q  
R B-RNAV. Se utilizarán la letra P y la letra R para aeronaves aprobadas P-RNAV y B-RNAV, respectivamente.
T TACAN
U UHF RTF
V VHF RTF
W Aprobación Operacional RVSM (necesaria para niveles de vuelo entre FL290 y FL410). La inclusión de la letra W indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo EUR RVSM sea cual fuere el nivel de vuelo requerido. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave precedida de REG/.
X Aprobación MNPS. La inclusión de la letra X indica que la aeronave dispone de aprobación para el vuelo en espacio aéreo MNPS. En la casilla 18 deberá incluirse la matrícula de la aeronave prececida de REG/.
Y Radio con espaciado 8,33 kHz. La inclusión de la letra Y indica que la aeronave está dotada de equipo radio con capacidad de asegurar una separación entre canales de 8,33 kHz.
Z Demás equipo instalado a bordo. Si se usa la letra Z, especifíquese en la casilla 18 cualquier otro tipo de equipo instalado a bordo, precedido de COM/ y/o NAV/, según corresponda.

Equipo SSR (SSR equipment)

Se debe especificar el tipo de respondedor que posee la aeronave, en IVAO como todas las aeronaves disponen de respondedor se codifica como C ya que corresponde al tipo que los ATC ven en el radar.

Insértese uno de los caracteres siguientes para indicar el tipo de equipo SSR en funcionamiento instalado a bordo:

N Ninguno.
A Respondedor Modo A (4 dígitos - 4.096 códigos).
C Respondedor Modo A (4 dígitos - 4.096 códigos) y Modo C.
X Respondedor Modo S sin transmisión de identificación de aeronave ni de altitud de presión.
P Respondedor Modo S, comprendida la transmisión de altitud de presión pero sin transmisión de identificación de aeronave.
I Respondedor Modo S, comprendida la transmisión de identificación de aeronave pero sin transmisión de altitud de presión.
S Respondedor Modo S, comprendida la transmisión de altitud de presión y la transmisión de identificación de aeronave.

Casilla 13: Aeródromo de salida y hora (8 caracteres)

Aeródromo de salida (departure aerodrome)

En esta casilla debemos consignar el código ICAO, de cuatro letras, del aeropuerto de salida. Excepcionalmente si el aeropuerto de salida esta en territorio de EEUU podemos introducir el código IATA. Si el aeródromo de salida no tiene asignado código ICAO se consignara ZZZZ y en la casilla 18 «OTHER INFORMATION» del plan de vuelo especificaremos DEP/ seguido del nombre del aeropuerto.

Hora de salida (departure time)

A fin de que los controladores puedan realizar sus estimaciones para dar autorizaciones en esta casilla se introduce la hora estimada de salida, siempre en formato de cuatro números correspondientes los dos primeros a la hora y los dos segundos a los minutos. Recuerde que la hora aquí indicada debe ser la hola ZULU ( GMT / UTC).

Para una aeronave que ha enviado el plan de vuelo en el aire se especificara el tiempo estimado por el que pasara por el primero punto de su ruta.

Casilla 15: velocidad de crucero (cruising speed), altitud de crucero (level) y ruta (route)

Velocidad de crucero (cruising speed)

Máximo cinco caracteres. Insértese la velocidad verdadera (TAS), para la primera parte o la totalidad del vuelo en crucero, en función de:

  • Kilómetros por hora, mediante la letra K seguida de 4 cifras (ejemplo: K0830); o
  • Nudos, mediante la letra N seguida de 4 cifras (ejemplo: N0485); o
  • Número de Mach, cuando la autoridad ATS competente lo haya prescrito, redondeando a las centésimas más próximas de unidad Mach, mediante la letra M seguida de 3 cifras (ejemplo: M082).

Nivel de crucero (level)

Máximo cinco caracteres. Insértese el nivel de crucero proyectado para la primera parte o para toda la ruta que haya que volar, por medio de:

  • Nivel de vuelo, expresado mediante una F seguida de 3 cifras (ejemplo, F085; F330); o
  • Nivel métrico normalizado en decenas de metros, expresado mediante una S seguida de 4 cifras (ejemplo: S1130); o
  • Altitud en centenares de pies, expresada mediante una A seguida de 3 cifras (ejemplo: A045; A100); sólo debe ser usado por debao de la Altitud de Transición (TA); o
  • Altitud en decenas de metros, expresada mediante una M seguida de 4 cifras (ejemplo: M0840); o
  • Respecto a los vuelos VFR/OVFR no controlados, las letras VFR/OVFR.

Ruta (incluyendo cambios de velocidad, nivel y/o reglas de vuelo)

Esta es una de las secciones más importantes del plan de vuelo. En caso de accidente los equipos de salvamento empezarían a buscarnos por la ruta que íbamos a seguir, por lo tanto esta información debe ser lo mas precisa posible.

Vuelos a lo largo de la ruta ATS designada:

  • Insértese, si el aeródromo de salida está situado en la ruta ATS o conectado a ella, el designador de la primera ruta ATS,
  • o, si el aeródromo de salida no está en la ruta ATS ni conectado a ella, las letras DCT seguidas del punto de encuentro de la primera ruta ATS, seguido del designador de la ruta ATS;
  • luego insértese cada punto en el cual esté previsto cambiar de velocidad o nivel, cambiar de ruta ATS y/o cambiar de reglas de vuelo.
    NOTA: Cuando se planee la transición entre una ruta ATS inferior y una ruta ATS superior, y cuando la orientación de dichas rutas sea la misma, no será necesario insertar el punto de transición.
  • Seguido en cada caso del designador del próximo tramo de ruta ATS, incluso si es el mismo que el precedente, o de DCT, si el vuelo hasta el punto próximo se va a efectuar fuera de una ruta designada, a no ser que ambos puntos estén definidos por coordenadas geográficas.

Vuelos fuera de las rutas ATS designadas:

  • Insértese los puntos normalmente separados por no más de 30 minutos de tiempo de vuelo o por 370 km (200 NM), incluyendo cada punto en el cual se piensa cambiar de velocidad o nivel, cambiar de derrota, o cambiar de reglas de vuelo,
  • o, cuando lo requieran las autoridades ATS competentes,
    • defínase la derrota de los vuelos que predominantemente siguen la dirección este-oeste entre los 70°N y los 70°S, por referencia a los puntos significativos formados por las intersecciones de paralelos de latitud en grados enteros, o medios, con meridianos espaciados a intervalos de 10° de longitud. Para los vuelos fuera de dichas latitudes las derrotas se definirán mediante puntos significativos formados por intersecciones de paralelos con meridianos normalmente espaciados a 20° de longitud. En la medida de lo posible, la distancia entre dos puntos significativos no excederá de una hora de tiempo de vuelo. Se establecerán otros puntos significativos según se considere necesario.
    • Para los vuelos que predominantemente siguen la dirección norte-sur, defínanse derrotas por referencia a los puntos significativos formados por la intersección de meridianos en grados completos de longitud con paralelos especificados espaciados a 5°.
  • NOTA: Para vuelos fuera de las rutas ATS designadas insértese, en todos los casos, al menos un punto situado dentro de la FIR/UIR, definido por una radioayuda para la navegación, punto de notificación o coordenadas geográficas.
  • Insértese DCT entre puntos sucesivos, a no ser que ambos puntos estén definidos por coordenadas geográficas o por marcación y distancia.

Úsese solamente la representación convencional de los datos que figuran en 1) a 8), que siguen, y sepárese cada elemento con un espacio.

1) Ruta ATS (2 a 7 caracteres)

El designador cifrado asignado a la ruta o al tramo de ruta (ejemplo, B1, R14, UB10, TAWNY14), con inclusión, cuando corresponda, del designador cifrado asignado a la ruta normalizada de salida o de llegada (ejemplo: BCN1, B1, R14, UB10, KODAP2A).

Para planes de vuelo IFR/GAT que despeguen de cualquier aeródromo español, el primer campo de la ruta (después de indicar el grupo velocidad/nivel de vuelo) debe ser el siguiente:

  • El nombre en clave del último punto significativo de la SID utilizada.
  • El nombre en clave del punto significativo de la primera ruta ATS a la que se dirija, cuando no se haya publicado una SID en el aeródromo de salida. Este punto puede ir precedido del indicador DCT.

NOTA: Debido a requisitos operacionales del IFPS, el campo ruta, normalmente, no incluirá las siglas SID/STAR ni la denominación y descripciones de las mismas, a menos que sea expresamente requerido por el Estado pertinente.

2) Punto significativo (2 a 11 caracteres)

El designador cifrado (2 a 5 caracteres) asignado al punto (ejemplo: LN, MAY, HADDY), o, si no ha sido asignado ningún designador cifrado, una de las indicaciones siguientes:

  • Grados solamente (7 caracteres): 2 cifras que indiquen la latitud en grados, seguida de “N” (Norte) o “S” (Sur), seguido de 3 cifras que indiquen la longitud en grados, seguida de “E” (Este) o “W” (Oeste). Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros, por ejemplo 46N078W.
  • Grados y minutos (11 caracteres): 4 cifras que indiquen la latitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguida de “N” (Norte) o “S” (Sur), seguida de 5 cifras que indiquen la longitud en grados y en decenas y unidades de minutos, seguida de “E” (Este) o “W” (Oeste).

Complétese el número correcto de cifras, cuando sea necesario, insertando ceros, por ejemplo 4620N 07805W.

Marcación y distancia con respecto a una ayuda para la navegación: La identificación de una ayuda para la navegación (normalmente un VOR), con 2 ó 3 caracteres; luego la marcación desde la ayuda en grados magnéticos, con 3 cifras, luego la distancia desde la ayuda, con 3 cifras, que expresen millas náuticas. Cuando sea necesario, complete el número correcto de cifras, insertando ceros; ejemplo, un punto a 180° magnéticos y a una distancia del VOR “DUB” de 40 millas marinas, debería indicarse así: DUB180040.

3) Puntos de entrada y salida de espacio aéreo RVSM

Los explotadores de aeronaves con aprobación RVSM y de aeronaves de Estado sin aprobación RVSM que tengan la intención de efectuar operaciones dentro del espacio aéreo RVSM EUR, incluirán:

  • El punto de entrada en los límites laterales del espacio aéreo RVSM EUR y el nivel de vuelo solicitado para el tramo de la ruta que comienza inmediatamente después del punto de entrada RVSM.
  • El punto de salida en los límites laterales del espacio aéreo RVSM EUR y el nivel de vuelo solicitado para el tramo de la ruta que comienza inmediatamente después del punto de salida RVSM.

4) Indicador STAY en ruta

Se utilizará el indicador STAY para informar del tiempo de permanencia en un área concreta (área STAY) de una aeronave que esté realizando actividades especiales (entrenamiento, reabastecimiento aire-aire, misiones fotográficas, etc.).

El indicador STAY se insertará entre el punto de entrada y el de salida del área STAY.

Ejemplos:

... MCT STAY1/0100 POL ...
... MCT STAY1/0030 MCT ...

El número de secuencia es obligatorio y se indicará incluso en el caso de que sólo haya un área STAY durante el vuelo. Para indicar diferentes áreas STAY en la ruta de un vuelo, se incrementará el número de secuencia (del 1 al 9) y se añadirá a cada área correspondiente.

Ejemplo:

... TNT STAY1/0030 TNT UP6 MCT STAY2/0030 MCT …

El tiempo de permanencia en un area STAY se indicará en horas y minutos.

Para indicar el motivo de STAY, se insertará un indicador STAYINFO de texto libre en la casilla 18 del FPL.

Restricciones:

  • El indicador STAY sólo puede ser usado para actividades especiales en ruta.
  • El indicador STAY únicamente se utilizará para vuelos que se realicen enteramente dentro de la Zona IFPS.
  • No está permitido el uso del indicador STAY en los Planes de Vuelo Repetitivos.

5) Cambio de velocidad o de nivel (máximo 21 caracteres)

El punto en el cual esté previsto cambiar de velocidad (5% TAS o 0,01 Mach o más) o cambiar de nivel, expresado exactamente como en 2) anterior, seguido de una barra oblicua y tanto la velocidad de crucero como el nivel de crucero, expresados exactamente como en a) y b) anteriores, sin un espacio entre ellos, aún cuando solamente se cambie uno de estos elementos. Ejemplos:

LN/N0284A045
MAY/N0305F180
HADDY/N0420F330
4602N07805W/N0500F350
46N078W/M082F330
DUB180040/N0350M0840

6) Cambio de reglas de vuelo (máximo 3 caracteres)

El punto en el cual está previsto cambiar de reglas de vuelo, expresado exactamente como en 2) ó 5) anteriores, seguido de un espacio y de una de las indicaciones siguientes:

  • VFR si es de IFR a VFR
  • IFR si es de VFR a IFR

Ejemplos:

LN VFR
LN/N0284A050 IFR
LN/N0284VFR

7) Cambio de tipo de vuelo (GAT/OAT)

El IFPS procesa la parte GAT de planes de vuelo mixtos GAT/OAT (Civil/Militar) cuando éstos afecten al área ECAC.

Deberá indicarse el punto de cambio de OAT a GAT o viceversa de la manera siguiente: “Punto de cambio/GAT” ó “Punto de cambio/OAT”. Ejemplos:

N0400F280...NTM/OAT TB6
N0400F280...NTM/N0300F250/OAT TB6...

El IFPS asume que todos los planes de vuelo comienzan con control aéreo civil (GAT), a menos que se indique un cambio a GAT posteriormente en la ruta. En este caso asume que todo el tramo anterior al cambio en la ruta es OAT.

8) Ascenso en crucero (máximo 28 caracteres)

La letra C, seguida de una barra oblicua; luego el punto en el cual esté previsto iniciar el ascenso en crucero, expresado como en 2) anterior, seguido de una barra oblicua; luego la velocidad que se piense mantener durante el ascenso en crucero, expresada exactamente como en el apartado a), seguida de los dos niveles que determinan la capa que se piensa ocupar durante el ascenso en crucero, cada nivel expresado exactamente como en b) anterior, o el nivel sobre el cual el ascenso en crucero esté previsto, seguido de las letras PLUS, sin un espacio entre ellos. Ejemplos

C/48N050W/M082F290F350
C/48N050W/M082F290PLUS
C/52N050W/M220F580F620

Ruta para vuelos CAO

Si el aeródromo o base aérea de salida está situado en una ruta CAO, o conectado a ella por un procedimiento de salida, insertar el designador del primer punto o ayuda para la navegación de la ruta seguido de la clave OAT con espacio.

Si el aeródromo o base aérea de salida no está en una ruta CAO, ni conectado a ella, insertar la clave DCT seguida del punto de encuentro con la ruta, seguida de la clave OAT con espacio.

Si se vuela fuera de ruta CAO, se insertará los puntos separados normalmente por no más de 30 minutos de vuelo o por 370 km (200 NM), incluyendo cada punto en el cual se piensa cambiar de velocidad o nivel, o derrota, o reglas de vuelo.

NOTA: En el caso de salida normalizada solo será necesario especificar el fijo de transición que conecta con la ruta CAO.

La forma de insertar las rutas CAO, los puntos, horas, así como de describir la ruta será igual a la establecida para el plan de vuelo OACI.

*“El IPFS asume que todos los planes de vuelo comienzan con control aéreo civil (GAT), a menos que se indique un cambio a GAT posteriormente en la ruta. En este caso asume que todo el tramo anterior al cambio de la ruta es OAT”.

NOTA: Insértese el punto de entrada/salida RVSM para aquellos vuelos cuya trayectoria prevista indique que se encontrarán en fase de descenso en un punto de entrada/salida RVSM y cuyo destino sea un aeródromo próximo.

Casilla 16: Aeródromo de destino y duración total prevista; aeródromo alternativo

Aeródromo de destino (destination aerodrome)

En esta casilla debemos introducir, análogamente a como hicimos en la casilla del aeropuerto de salida, el aeródromo de destino.

Si este aeródromo no dispusiera de código ICAO se codificara ZZZZ y en la casilla 18 OTHER INFORMATION se consignara DEST/ y el nombre del aeródromo de destino.

Duración total prevista (total eet)

Es el tiempo estimado de vuelo. Se consigna en fomato horas minutos.

NOTA: En el caso de un plan de vuelo recibido de una aeronave  en vuelo, la duración total prevista se cuenta a partir del primer punto de la ruta a la que se aplica el plan de vuelo.

Aeródromo alternativo (altn aerodrome)

En este apartado introduciremos el aeropuerto alternativo para en caso de no poder aterrizar en el aeródromo deseado ser redirigidos por el servicio ATC a este otro aeródromo.

Debe ser un aeródromo lo suficientemente alejado del aeródromo principal de destino ya que en caso de no poder aterrizar en él, si el alternativo esta a unos escasos kilómetros es mas que posible que tampoco podamos aterrizar, intente consignar un alternativo en otra zona de control a ser posible.

En caso de que este aeródromo no tenga código ICAO, se consignara ZZZZ y en la casilla 18 OTHER INFORMATION se consignara ALTN/ y el nombre del aeródromo.

Casilla 18: Otros datos (other information)

En este apartado podremos consignar bajo unas sencillas premisas el resto de información relevante de nuestro vuelo, a parte de los parámetros ya obligados debido a la reglamentación de otros parámetros (equipamiento…)

Insértese 0 (cero) si no hay otros datos, o cualquier otra información necesaria en el orden indicado a continuación, mediante el indicador apropiado seguido de una barra oblicua y de la información que ha de consignarse:

RFP/

La indicación “RFP/Qn”, se utiliza para identificar al plan de vuelo que reemplaza, donde:

  • “RFP” significa “Plan de vuelo que reemplaza”,
  • “n” corresponde al número de secuencia relativo al plan de vuelo que reemplaza para ese vuelo en particular.

Ejemplos:
1er plan de vuelo que reemplaza: “RFP/Q1”.
2º plan de vuelo que reemplaza: “RFP/Q2”, etc.

EET/ Designadores de puntos significativos o límites de la FIR y duración total prevista hasta esos puntos, o designadores de límites de la FIR cuando esté prescrito en acuerdos regionales de navegación aérea o por la autoridad ATS competente. Ejemplos:
EET/CAP0745 XYZ0830
EET/EINN0204
NOTA: No se considera obligatorio incluir los datos correspondientes a la hora estimada a los límites de la FIR Madrid y Barcelona.
NOTA: Es obligatorio para los vuelos VFR incluir en el FPL el punto de cruce de frontera y la hora estimada al mismo.
RIF/ Los detalles relativos a la ruta que lleva al nuevo aeródromo de destino, seguidos del indicador de lugar OACI de cuatro letras correspondiente a dicho aeródromo. La ruta revisada está sujeta a la autorización en vuelo. Ejemplos:
RIF/DTA HEC KLAX
RIF/ESP G94 CLA APPH
RIF/LEMD
REG/ Marcas de matrícula de la aeronave, si son distintas de la identificación de la aeronave consignada en la casilla 7, y además, cuando en la casilla 10 se utilicen las letras W y X.
SEL/ Clave SELCAL, si está prescrito por la autoridad ATS competente.
OPR/ Nombre del explotador, si no se desprende claramente de la identificación de la aeronave consignada en la casilla 7.
STS/

Razón del tratamiento especial por parte del ATS. La relación de abreviaturas utilizadas es la siguiente:

  • STS/EXM 833: aeronaves exentas de equipo 8.33 kHz.
  • STS/NONRVSM: Vuelos de estado (vuelos operados por autoridades militares de aduanas o policia) que no cumplan con los requisitos EUR RVSM y que tengan intención de operar en el espacio aéreo EUR RVSM.
  • STS/EMER: vuelos en situación de emergencia.
  • STS/HUM: vuelos que operan por razones humanitarias.
  • STS/HOSP: vuelos médicos específicamente declarados por las autoridades sanitarias.
  • STS/SAR: vuelos en misión de búsqueda y salvamento.
  • STS/HEAD: vuelos con tratamiento de “Jefe de Estado”.
  • STS/STATE: otros vuelos de autoridades estatales (civiles, militares o policía).
  • STS/PROTECTED: vuelos que requieran una seguridad especial. Indica que el FPL sólo debería estar disponible para determinadas personas.
  • STS/Texto libre (cuando sea necesario).
  • STS/ATFMEXEMPTAPPROVED: Vuelos específicamente autorizados por la Autoridad para estar exentos de medidas ATFM.
  • STS/RNAVINOP: Aeronave con sistema B-RNAV inoperativo.
  • STS/NONRNAV: Aeronave de Estado no equipada con RNAV.

NOTA: Estos designadores únicamente se utilizarán con la debida autorización estatal o sanitaria. El uso fraudulento de estos designadores para evitar restricciones de afluencia, está considerado como un quebranto serio de los procedimientos y será sancionado como tal. Si fuera necesario utilizar más de un designador en el mismo FPL, se hará en campos STS/ separados. Ejemplo:
STS/HEAD STS/PROTECTED

TYP/ Tipo(s) de aeronave, precedido(s), en caso necesario, del (de los) número(s) de aeronaves, cuando ZZZZ esté insertado en la casilla 9.
PER/ Datos de características de la aeronave, cuando así lo prescriba la autoridad ATS competente.
COM/ Datos importantes relativos al equipo de comunicaciones según lo requiera la autoridad ATS competente; ejemplo: COM/UHF solamente.
DAT/ Datos importantes relacionados con la capacidad de enlace de datos, utilizando una o varias de las letras S, H, V y M. Ejemplos:
DAT/S para enlace de datos por satélite
DAT/H para enlace de datos HF
DAT/V para enlace de datos VHF
DAT/M para enlace de datos SSR en modo S.
NAV/ Datos importantes relativos al equipo de navegación según lo requiera la autoridad ATS competente; ejemplo:
NAV/INS
DEP/ Nombre del aeródromo de salida, cuando ZZZZ esté insertado en la casilla 13, o el indicador de lugar OACI de cuatro letras de la ubicación de la dependencia ATS, de la cual pueden obtenerse datos del plan de vuelo suplementario, cuando AFIL esté insertado en la casilla 13.
DEST/ Nombre del aeródromo de destino, si se inserta ZZZZ en la casilla 16.
ALTN/ Nombre del (los) aeródromo(s) de alternativa, si se inserta ZZZZ en la casilla 16.
RALT/ Nombre de aeródromo(s) de alternativa en ruta.
CODE/ Dirección de aeronave (expresada como códio alfanumérico de seis caracteres hexadecimales) cuando lo requiera la autoridad ATS competente. Ejemplo: “F00001” es la dirección de aeronave más baja contenida en el bloque específico administrado por la OACI.
RMK/ Cualesquiera otras observaciones en lenguaje claro, cuando así lo requiera la autoridad ATS competente o cuando se estime necesario.
Seguido de FDE AVAILABLE que indica la disponibilidad de la función FDE durante el vuelo.
Seguido de HMU FLT para aquellas aeronaves que planifiquen la ruta vía Strumble para monitorización HMU.
DOF/ Fecha de realización del vuelo en el orden siguiente: DOF/AAMMDD, donde:
AA= 2 dígitos para el año
MM= 2 dígitos para el mes
DD = 2 dígitos para el día
Es obligatoria la inserción de este indicador, en los planes de vuelo que se presenten con más de 24 horas de antelación a la EOBT pero no más de 6 días de antelación, y para los planes de vuelo afectados por el IFPS deberá insertarse siempre.
RVR/ Para indicar los requerimientos mínimos de RVR del vuelo (indicación de las mínimas de visibilidad por las que se rige la compañía explotadora de la aeronave).
STAYINFO/ motivo de la estancia en una zona determinada si se consigno stayin en la ruta de vuelo

Casilla 19: Información suplementaria

Autonomía (endurance)

En este apartado debermos introducir un grupo de 4 cifras para indicar, en horas y minutos, la autonomía que tiene la aeronave con el combustible que lleva. Si nos guiamos por la reglamentacion real debemos tener combustible para ir al alternativo, y poder hacer esperas durante 45 min a FL140.

Personas a bordo (persons on board)

Se debe consignar el numero de personas a bordo de la aeronave, si no se conociera a la hora de mandar el plan de vuelo se introduciría TBN.

Pilot al mando (pilot in command)

Deberá introducirse el nombre completo real del piloto.

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